xoves, 13 de xullo de 2023

A PARROQUIA DE SOUTULLO NO CATASTRO DO MARQUÉS DE ENSENADA DE 1752

   Decretado o 10 de outubro de 1749 por Fernando VI a proposta do seu Ministro Zenón de Somodevila y Bengoechea, I Marqués de Ensenada (Hervías, Logroño, 1702-Medina del Campo, Valladolid, 1781), o chamado Catastro de Ensenada é un documento de carácter fiscal que se elaborou naquela altura para a implantación da Real Única Contribución co que se pretendía acabar cos privilexios fiscais dos que gozaran tradicionalmente certos sectores da sociedade, así como crear un aparato de recadación fiscal máis eficaz e equilibrado, no que os impostos foran proporcionais á riqueza de cada cidadán.

   Trátase dun interrogatorio de corenta preguntas sobre as características económicas e xeográficas de todas as poboacións das vinte e dúas provincias do antigo Reino de Castela no cal se realizou, dende abril de 1750 ata o mesmo mes de 1756, nos 15.000 lugares cos que contaba Castela naquel entón unha minuciosa indagación a grande escala dos seus habitantes, bens, edificios, oficios, rentas… co obxectivo de obter os datos necesarios para modificar o sistema tributario vixente naquela época.

    Con este interrogatorio o Marqués da Ensenada pretendía conseguir información sobre todos os medios de produción e dos ingresos de cada persoa, mais finalmente a iniciativa non chegou a bo porto e acabaría fracasando.

    Como era de agardar, o importante papel da nobreza e do clero naqueles días, e o feito de ser un dos grupos máis perxudicados polo establecemento dun imposto único en función da renda, impediría, dada a súa postura de rexeitamento e oposición, que finalmente se levara a cabo a devandita Real Única Contribución.

    Mais afortunadamente, podemos sacar algo moi positivo deste catastro, e é o feito de que gran parte da información recompilada chegou ata os nosos días a través dos arquivos históricos, que podemos consultar no Arquivo do Reino de Galicia ou no portal PARES (http://pares.mcu.es/Catastro/), e que nos resultan de grande utilidade para elaborar unha reconstrución de cómo sería a España do século XVIII, grazas ás máis de 350.000 imaxes sobre estos interrogatorios ás que podemos acceder.

   É tamén de agredecer a transcrición do interrogatorio das parroquias que hoxe conforman o municipio da Laracha publicada pola Deputación da Coruña no ano 2017. Quitámonos o sombreiro co traballo de investigación e transcrición que realizou Marcos Emilio Amado Casdelo neste proxecto. Os nosos parabéns, Marcos!

 

SANTA MARÍA DE SOUTULLO


Interrogatorio que han de satisfacer bajo juramento, las justicias y demás personas que harán comparecer los intendentes de cada pueblo.

Relación que yo, Juan Somorostro, mayordomo pedáneo de la feligresía de Santa María de Soutullo, una de las privativas de la Jurisdicción Real de Bergantiños, doy de los vecinos de que se compone, sus artes y oficios, límites y demarcaciones, con distinción de las especies de tierras, sus cabidas y calidades que hay dentro de su recinto, y de todo lo mas que comprende el bando que se haya fijado a la puerta de la Iglesia Parroquial de ella para el Establecimiento de la Real Única Contribución.


1. Cómo se llama la población.

A la primera dijeron que dicha feligresía se llama Santa María de Soutullo.

 

Igrexa de Santa María de Soutullo

2. Si es de realengo o de señorío, a quien pertenece, qué derechos percibe y cuánto produce.

Al segundo dijeron que es de realengo y sufraganea al corregimiento de la Capital de la Coruña

3. Qué territorio ocupa el término, cuánto de levante a poniente y del norte al sur, y cuánto de circunferencia, por horas, y leguas, qué linderos o confrontaciones; y que figura tiene, poniéndola al margen.

Demarcaciones de esta feligresía.

Ocupa su término desde Levante a Poniente, un cuarto de legua, y de Norte a Sur medio; y de circunferencia, legua y media, que para andarla por ser escabrosa son necesarias tres horas. Linda a Levante y Norte con la feligresía de San Julián de Coiro, Poniente con la de Soandres y Sur con la de Montemayor.

Su demarcación tiene principio en el marco da Abeleira, y sigue al puerto de Corrás, desde allí al da Bouza, y pasa por el campo dos Ciras al foxo dos Lobos. De este a la piedra de los Pelouros, y al marco da Lagoa, desde allí al foxo de junto a la Braña de la Cruz, y continúa por la fuente de Casal do Monte, a la de Espiño, y baja en derechura al río grande, del cual sigue arriba hasta la Riega, que divide el lugar do Vilar de San Pantaleón, de la feligresía de Soandres; y desde allí a otra fuente que también llaman del Espiño, desde esta al alto del Monte de piedra Vica, desde allí a la fuente de Hermiñán, y continúa aguas vertientes hasta un marco que se halla en el camino, que viene de Requesende para la iglesia, y de este al de Nobais. Camino Real arriba a la fuente de Lodeiro, de este a la Piedra das Ollas y al marco de Abeleira, primera demarcación, y su figura es la del margen.

 

4. Que especies de tierra se hallan en el término; si de regadío y de secano distinguiendo si son de hortaliza, sembradura, viñas, pastos, bosques, matorrales, montes, y demás que pudiere haber, explicando si hay algunas que produzcan más de una cosecha al año, las que fructificaren solo una y las que necesitan de un año de intermedio de descanso.

Contido na resposta n.º 5

5. De cuántas calidades de tierra hay en cada una de las especies que hayan declarado, si de buena, mediana e inferior.

Especies de tierras, sus cabidas y calidades.

Habrá en el término dos mil y ochocientos ferrados, sembradura de trigo, sin inclusión de caminos y distribuidos de esta manera:

Tierra de sembradura.

Seis cientos y cincuenta ferrados, ciento de primera calidad, doscientos de segunda, y trescientos cincuenta de la tercera.

Tierra Linaz.

Veinticuatro ferrados de primera calidad.

Tierra de Hortaliza.

Diez ferrados, dos de primera calidad; cuatro de segunda; y cuatro de la tercera.

Prados de Regadío.

Veinte y cuatro ferrados, seis de primera calidad; seis de segunda; y doce de la tercera.

Ídem de Secano.

Veinte ferrados, cinco de primera calidad, cinco de segunda y diez de la tercera.

Sotos.

Ocho ferrados: dos de primera calidad, dos de segunda y cuatro de la tercera.

Montes altos.

Cuatrocientos ferrados, cien de primera calidad, cien de segunda; y doscientos de la tercera, que se cortan y siembran, los de primera calidad, cada veinte y siete años, los de segunda cada treinta y dos, y los de tercera cada cuarenta y tres años.

Montes bajos murados de particulares.

Cien ferrados, veinte y cinco de primera calidad; veinte y cinco de segunda; y cincuenta de la tercera, que se rompen y siembran los de primera calidad cada veinte y cuatro años, los de segunda cada treinta, y los de tercera cada cuarenta y dos años.

Montes bajos abiertos y comunes cuanto al pasto.

Mil quinientos y veinte y siete ferrados, doscientos de primera calidad; cuatrocientos y once de segunda; novecientos diez y seis de la tercera, que se rompen y siembran los de primera calidad cada treinta años, los de segunda cada cuarenta y cinco, y los de tercera cada sesenta y ocho años, todos los cuales se distribuyen en esta manera:

- Un mil y cuarenta y cuatro ferrados, al sitio dos Bidueiros, cuatrocientos y once de segunda calidad y quinientos cuarenta y cuatro de la tercera. Linda a Levante con la feligresía de Soandres, Poniente Ídem, Norte con el lugar do Seixo, y por el sur con la feligresía de Montemaior, y su figura es la del margen.

-Quinientos setenta y dos ferrados al sitio de Piedra Micos, veinte de primera calidad, y los restantes de la tercera. Linda a Levante con la feligresía de Soandres, Poniente Ídem, Norte con el lugar de Vilanova, y por el Sur con el de Abeleira, y su figura es la del margen.

 

6. Si hay alguno plantío de árboles en las tierras que han declarado, como frutales, moreras, olivos, higueras, almendros, parras, algarrobos, etc.

Al sexto dijeron que los plantíos de árboles que hay en algunas de dichas quince feligresías son tales cuales, castaños, manzanos, perales, cerezos, ortigueiras, limoneros, naranjos y otras especies que producen diversa fruta de hueso.

7. En cuáles de las tierras están plantados los árboles que declararen.

Al séptimo dijeron que dichos árboles se hallan generalmente plantados en tierras de hortaliza, de sembradura y prados, a limitación de los castaños que por lo común están en sotos y aún en los éxitos de los propios lugares y aldeas.

8. En que conformidad están hechos los plantíos, si extendidos en toda la tierra o a los márgenes, en una, dos, tres hileras, o en la forma que estuvieran.

A la octava dijeron, que los referidos árboles se hallan confusamente dispuestos sin orden, método, ni regla, ya en las márgenes de los territorios, ya dispersos en su extensión.

9. De qué medidas de tierra se usa en aquel pueblo: de cuántos pasos o varas castellanas en cuadro se compone, qué cantidad de cada especie de granos de los que se cogen en el término se siembran en cada una.

Al noveno dijeron que la medida usual que mas comúnmente se observa en esta jurisdicción real y sus quince feligresías, es de un ferrado de trigo, que cuatro hacen la fanega, y uno, veinte cuartillos; cuyo ferrado consta de treinta varas castellanas en cuadro; y en la tierra que ocupa una sembradura de trigo, se derrama otro y un cuarto de centeno, la sexta parte de uno de maíz, la quinta de otro de mijo menudo, tres de linaza, y de cebada medio colmado, que son las semillas que ordinariamente se siembran en el término de dichas feligresías.

10. Que número de medidas de tierra habrá en el término, distinguiendo las de cada especie y calidad, por ejemplo, tantas fanegas, o del nombre, que tuviese la medida de tierra de sembradura de la mejor calidad, tantas de mediana bondad y tantas de inferior; y lo propio en las demás especies que hubieren declarado.

Contido na resposta n.º 5

11. Qué especies de frutos se cogen en el término.

Los que más produce el término son trigo, centeno, maíz, castañas, habas, legumbres y lino.

12. Qué cantidad de frutos de cada género, unos años con otros, produce, con una ordinaria cultura, una medida de tierra de cada especie y calidad de las que hubiere en el término, sin comprender el producto de los árboles que hubiese.

En la feligresía de Santa María de Soutullo, una medida de tierra laborable de primera calidad producirá alternativamente, un año con otro, seis ferrados y medio de trigo y cinco de maíz, de segunda, cinco de trigo y cuatro de maíz, y de la tercera cuatro de trigo y tres de maíz,

- otra de tierra linaz de una sola calidad, producirá anualmente nueve haces de lino en rama verde, y tres ferrados de linaza;

- otra de hortaliza de primera calidad produce al año treinta y tres reales, de segunda, diez y ocho; y de la tercera, doce;

- otra de prado de regadío de primera calidad renta treinta reales, de segunda veinte, y de la tercera doce;

- otra de prado secano de primera calidad, producirá así mismo ocho reales, de segunda, seis, y de la tercera, cuatro;

- otra de montes altos leñados de primera calidad, cada veinte y siete años en que se cortan y siembran, producirá seis ferrados de centeno y seis carros de leña; de segunda, cada treinta y dos, cuatro ferrados de centeno y seis carros de leña; y de la tercera cada cuarenta y tres, tres ferrados de centeno y seis carros de leña;

- otra de montes bajos murados de primera calidad, cada veinte y cuatro años en que se rompen y siembran, producirá seis ferrados de centeno y nueve carros de tojo; de segunda, cada treinta, cuatro ferrados de centeno y nueve carros de tojo; y de la tercera, cada cuarenta y dos, tres ferrados de centeno y seis carros de tojo;

- otra de montes bajos abiertos y comunes en cuanto al aprovechamiento del pasto, de primera calidad, cada treinta años en que a si mismo se rompen y siembran, producirá cinco ferrados de centeno; de segunda cada cuarenta y cinco, cinco ferrados de la propia especie; y de la tercera, cada sesenta y ocho, cuatro ferrados de la misma.

En cuyo capítulo no regulan el producto de una medida de tierra de sembradura de mijo menudo y cebada, por ser muy limitada la cosecha de ambas semillas, como igualmente la de habas y otras legumbres, considerando que la utilidad de estos frutos queda introducida en el producto de los mayores y más principales, que se han absuelto y declarado.

13. Qué producto se regula darán por medida de tierra los árboles que hubiere, según la forma en que estuviese hecho el plantío, cada uno en su especie.

Al trece dijeron que hay castaños, manzanos, cerezos, higueras, limoneros, naranjos y otras especies que producen diversa fruta de hueso, respecto de hallarse plantados, como llevan dicho y declarado en las tierras de hortaliza, de sembradura y prados; y atendido el agravio, no le regulan, como parece justo, utilidad alguna distinta y separada, antes bien, la consideran mixta y refundida en el producto principal de la propia tierra.

Y en esta de Soutullo, una medida de soto de primera calidad producirá al año tres ferrados de castañas, de segunda, dos; y de la tercera uno. Y generalmente una medida de dehesa de robles, o pinar de primera calidad, producirá cada ocho años, cuatro carros de leña, de segunda, cada doce, tres carros, y de la tercera, cada diez y seis, dos carros también de leña.

14. Que valor tienen ordinariamente un año con otro los frutos que producen las tierras del término, cada calidad de ellos.

A la catorce dijeron que en el término de esta Jurisdicción de Bergantiños y expresadas feligresías, el precio a que comúnmente, un año con otro, se vende cada ferrado de trigo, es a seis reales; el de maíz y cebada a cuatro; el de centeno, a tres; el de mijo menudo a dos y medio; el de fabas a seis; el de castañas verdes a dos; el de avenas a uno y medio; el de lino a once; el carro de leña de toxo a seis reales; el de estos en rama, a dos; y el de leña de roble y linaza a cuatro.

Y por lo que conduce para la estimación de foros y otros derechos, regulan un carnero en diez reales; un cordero en cuatro; un cabrito en tres; una marrana en ocho; una gallina en dos y medio; un pollo en diez y seis maravedíes. Una libra de cera en siete reales; un cuartillo de miel, en uno; la libra de manteca en dos y medio; la libra de cierzos de lino, a cuatro y medio; el haz de lino en rama verde a nueve; el carro de paja de trigo o cebada quince reales; y un haz regular de ella en tres reales.

15. Qué derechos se hallan impuestos sobre las tierras del término, como diezmo, primicia, tercio-diezmo u otros; y a quién pertenecen.

Contido na resposta n.º 16

16. A qué cantidad de frutos suelen montar los referidos derechos de cada especie o a que precio suelen arrendarse un año con otro.

Al quince y dieciséis dijeron que los derechos impuestos sobre las tierras de cada respectiva feligresía, como son Diezmos, Primicias y lo que se paga por razón de Voto a la dignidad del Arcediano de Nendos, inclusa en la santa Iglesia del Señor Santiago, son:

Diezmos.

Pagan del trigo, centeno, maíz y lino cuyo valor por no poder fijarlo en cada especie, lo regulan por quinquenio en mil setecientos reales al año.

Primicia.

Paga cada vecino que tiene bueyes machos propios, dos ferrados de centeno, el que los tiene ajenos o vacas, un ferrado, que se regulan uno y otro por quinquenio en noventa reales al año, que unidos con los mil setecientos del diezmo, ajustan mil siete cientos y noventa reales de vellón, cuya cantidad se distribuye en esta manera:

- A la señora Marquesa de Parga, por la cuarta parte que presenta, cuatrocientos cuarenta y siete reales y diez y siete maravedíes de vellón.

- Al Real Monasterio de San Martín de la ciudad de Santiago, por la otra cuarta parte que representa, otros cuatrocientos cuarenta y siete reales y diez y siete maravedíes.

- Al cura párroco por la mitad que percibe, ochocientos noventa y cinco reales, que unidos a sesenta en que regulan el valor del diezmo íntegro que percibe del lugar do Seixo, suman nueve cientos cincuenta y cinco reales de vellón.

Percibe asimismo de cada vecino casado o viuda, medio ferrado de trigo por razón de oblata que importaría al año diez y seis ferrados.

Votos

Paga cada vecino cabeza de casa que tiene labranza, medio ferrado de centeno al Arcediano de Nendos de la santa Iglesia del señor Santiago, que importaría al año quince ferrados.

17. Si hay algunas minas, salina, molinos harineros u de papel, batanes u otros artefactos en el término, distinguiendo de qué metales y de qué uso, explicando sus dueños y lo que se regula produce cada uno de utilidad al año.

Al diez y siete dijeron que los molinos harineros son cuatro, de una rueda que muelen todo el año.

- Uno situado donde llaman Currás, que pertenece a Victorio da Vila y consortes, y su producto ciento ochenta reales al año.

- Otro al sitio de Pesqueira, del cura párroco, produce ídem.

- Otro al sitio de Pesqueira de don Joseph García, Presbítero, e Ignacio Rodríguez de España y consortes, producto ídem.

- Otro al sitio do Seixo, de Juan de Somorostro y consortes. Ídem.

18. Si hay algún esquilmo en el término, a quien pertenece, qué número de ganado viene al esquileo a él y que utilidad se regula da a su dueño cada año.

Al dieciocho dijeron que en las mencionadas feligresías no hay esquileo alguno ni ganado que venga a él.

19. Si hay colmenas en el término, cuántas y a quién pertenecen.

Al diez y nueve dijeron que el número de colmenas que hay en el término, son treinta y nueve y responden:

Diez y seis al cura párroco. Tres a Ignacio Rodríguez. Una a Silvestre do Monte. Doce a Benito Verdía. Cinco a Pascual García. Dos a Ignacio García.

20. De qué especies de ganado hay en el pueblo y término, excluyendo las mulas de coche y caballos de regalo; y si algún vecino tiene cabaña o yeguada que pasta fuera del término, donde y de qué número de cabezas, explicando el nombre del dueño.

Al veinte dijeron que las especies de ganados que hay en el término son bueyes, vacas novillas, novillos, carneros, ovejas y corderos, cabras, machos de cabrío, y cabritos, lechones y lechonas grandes y pequeñas, mulas machos, yeguas, potros y potrancas, y no hay cabaña ni yeguada que paste dentro ni fuera del término.

 

Rabaño de ovellas no lugar de Vilanova

21. De qué número de vecinos se compone la población y cuántos en casas de campo o alquerías.

A la vigésima prima dijeron que el número de vecinos de que se compone, además de los tratados después en sus oficios, son:

Hijosdalgo.

Bernardo de Pazos.

Escribano.

Joseph Crespo de Andrade, y por su oficio lucra al año mil nueve cientos y ochenta reales.

Milicianos.

Felipe de Corgo.

Viudas.

Josefa de Lema. Antonia de Canedo. Antonia Suárez. Ana Rodríguez Freire. María Suárez. María Casquisa.

22. Cuántas casas habrá en el pueblo, qué número de inhabitables, cuántas arruinadas; y si es de señorío, explicar si tienen cada una alguna carga que pague al dueño por el establecimiento del suelo y cuánto.

Al veinte y dos dijeron que el número de casas habitables y arruinadas que existen en el término son treinta y tres habitables y tres arruinadas.

23. Qué propios tiene el común y a que asciende su producto al año, de que se deberá pedir justificación.

Al veinte y tres dijeron que el común de dicha feligresía no goza propios ni emolumentos algunos de esta calidad.

24. Si el común disfruta algún arbitrio, sisa u otra cosa, de que se deberá pedir la concesión, quedándose con copia que acompañe estas diligencias; qué cantidad produce cada uno al año, a que fin se concedió, sobre que especies para conocer si es temporal o perpetuo y si su producto cubre o excede de su aplicación.

Al veinte y cuatro dijeron que tampoco disfrutan algún arbitrio, sisas municipales, ni otra cosa de las que indica el capítulo.

25. Que gastos debe satisfacer el común, como salario de Justicia y regidores, fiestas de Corpus u otras; empedrado, fuentes, sirvientes, etc., de que deberá pedir individual razón.

Al veinte y cinco dijeron que no tienen que satisfacer gastos ni otras obligaciones de las que incluye el capítulo.

26. Que cargos de Justicia tiene el común, como censos, que responda u otros, su importe, por qué motivo y a quien, de que se deberá pedir puntual noticia.

-

27. Si está cargado de servicio ordinario y extraordinario u otros, de que igualmente se debe pedir individual razón.

Al veinte y siete dijeron que las cantidades con que los vecinos contribuyen a Su Majestad por razón de Servicio Ordinario y extraordinario lo siguiente: Pagan a Su Majestad los vecinos por dicho servicio sesenta reales de vellón al año.

28. Si hay algún empleo, alcabala u otras rentas enajenadas, a quién, si fue por servicio pecuniario u otro motivo, de cuánto fue y lo que produce cada uno al año, de que se deberán pedir los títulos y quedarse con copia.

Al veinte y ocho dijeron, no saben.

29. Cuántas tabernas, mesones, tiendas, panaderías, carnicerías, puentes, barcas sobre ríos, mercados, ferias, etc. hay en la población.

Al veinte y nueve dijeron que lo que hay en el término es un abastecedor de vino, tabernero y estanquillero. Dicho Bernardo de Pazos, como abastecedor y tabernero, lucra al año tres cientos reales, y como estanquillero gana ochenta y tres reales al año.

30. Si hay hospitales, de qué calidad, qué renta tienen y de qué se mantienen.

Al treinta dijeron que no hay hospitales algunos en el distrito de dicha feligresía.

31. Si hay algún cambista, mercader de por mayor o quien beneficie su caudal por mano de corredor u otra persona, con lucro e interés; y qué utilidad se considera le puede resultar a cada uno al año.

Al treinta y uno dijeron que tampoco hay cambistas ni utilidades algunas de las que conviene la pregunta.

32. Si en el pueblo hay algún tendero de paños, ropas de oro, plata y seda, lienzos, especería u otras mercadorías, médicos, cirujanos, boticarios, escribanos, arrieros, etc. y qué ganancia se regula puede tener cada uno al año.

Al treinta y dos dijeron que en el término no hay.

33. Qué ocupaciones de artes mecánicos hay en el pueblo, con distinción, como albañiles, canteros, albéitares, herreros, sogueros, zapateros, sastres, pelaires, tejedores, sombrereros, manguiteros y guanteros, etc.; explicando en cada oficio de los que hubiere, el número que haya de maestros oficiales y aprendices, y qué utilidad le puede resultar, trabajando meramente de su oficio, al día cada uno.

Al treinta y tres dijeron que en el término hay:

Tejedor que gana al día un real y cuartillo, Ventura de la Peña.

Zapateros que ganan al día tres reales y medio, Miguel Martínez, hijo de Alonso, con quien vive, y Joaquín Freire.

Cantero que ganan al día tres reales, Miguel García.

34. Si hay entre los artistas alguno, que teniendo caudal, haga prevención de materiales correspondientes a su propio oficio o a otros, para vender a los demás, o hiciere algún otro comercio, o entrase en arrendamientos; explicar quienes, y la utilidad que consideren le puede quedar al año a cada uno de los que hubiese.

Al treinta y cuatro dijeron, no saben que haya artistas algunos que hagan las prevenciones que expresa el capítulo, ni más de los que igualmente comprende.

35. Qué número de jornaleros habrá en el pueblo y a cómo se paga el jornal diario a cada uno.

A la anterior dijeron que lo que hay en el término son vecinos labradores, que son 19: Manuel de Naya. Domingo Gómez. Benito Verdía. Melchor Suárez. Domingo Vella. Victorio da Vila. Pedro Gómez. Andrés da Rigueira. Antonio Suárez Vilariño. Juan de Somorostro. Silvestre do Monte. Ignacio García. Antonio Calvete. Andrés de Santos. Ignacio Rodríguez de España. Pascual García. Juan do Rego. Rosendo Juncal. Domingo Vilariño.

36. Cuantos pobres de solemnidad habrá en la población

Al treinta y seis dijeron, que no hay pobres de solemnidad.

37. Si hay algunos individuos que tengan embarcaciones, que naveguen en la mar o ríos, su porte, o para pescar; cuántas, a quien pertenecen y que utilidad se considera de cada una a su dueño al año.

Al treinta y siete dijeron que no hay barco alguno en el término.

38. Cuántos clérigos hay en el pueblo.

Al treinta y ocho dijeron que el número de eclesiásticos que hay son tres, don Juan Antonio Bermúdez, cura Párroco, don Joseph García y don Juan Francisco Rodríguez Calvelo.

39. Si hay algunos conventos, de qué religiones y sexo, y qué número de cada uno.

Al treinta y nueve dijeron, que no hay conventos algunos de uno ni de otro sexo.

40. Si el rey tiene en el término o pueblo alguna finca o renta, que no corresponda a las generales ni a las provinciales, que deben extinguirse; cuáles son, cómo se administran y cuánto producen.

Al cuarenta y último también dijeron que en el término además de las Rentas Provinciales con que contribuyen a Su Majestad, tiene una dehesa real al sitio da Furrepa, hace siete ferrados, sembradura de trigo de primera calidad, linda por todas partes con el monte de Furrepa, y su figura es la del margen.

 


Cuya relación juro a Dios y a esta +, haberla hecho bien y fielmente sin dolo, fraude ni engaño según mi juicio habiéndome para ello informado muy individualmente con asistencia del perito nombrado, y de otras personas prácticas e inteligentes tanto en las especies de tierra, sus cavidas y calidades como de las utilidades. Derechos e Industrias, y oficios, que se pusieron averiguar en el término de dicha feligresía, teniendo en consideración los Capítulos del Interrogatorio Y Reglas de que me ha instruido el señor subdelegado, Don Juan Francisco Pasarín y Llamas, y por no saber firmar, lo hace a mi ruego Don Martín González residente en la feligresía de San Martín de Razo, estando en ella a once de octubre de mil setecientos cincuenta y dos igual a ruego del sobredicho, Martín González Pardo.

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